Código de conducta
Código de conducta
Teniendo especial cuidado según la disposición del artículo 17 de la Ley 679 de 2001, Chivas & viajes por Colombia S.A.S, advierte al turista que “la explotación y el abuso sexual de menores de edad en el país son sancionados penal y administrativamente, conforme a las leyes vigentes”.
Así mismo y con el fin de dar cumplimiento a la Resolución 3840 del 24 de diciembre de 2009 y según el Artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009,Chivas & viajes por Colombia sas, adopta este modelo de conducta. Con el fin de prevenir e impedir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística.
- Adoptamos medidas encaminadas a impedir que los trabajadores directos o indirectos de Chivas & viajes por Colombia sas,ofrezcan, insinúen o promuevan servicios turísticos que incluyan contactos sexuales con menores de edad.
- Será regla general en nuestra publicidad bien sea escrita, por medios, redes sociales, etc, la información sobre las consecuencias legales de la explotación, la pornografía y el turismo sexual con todo tipo de menores de edad; de igual manera abstenernos de dar información de sitios que lo promuevan.
- Proteger a los menores de edad nacionales o extranjeros, al igual que denunciar ante las autoridades competentes de toda forma de explotación y violencia sexual originada por turistas nacionales o extranjeros.
- Abstenernos de arrendar o utilizar vehículos en rutas turísticas con fines de prostitución o bares, negocios similares y demás establecimientos turísticos con fines de prostitución o de abuso sexual de menores de edad.
- Impedir el ingreso de los menores a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos turísticos con fines de prostitución o de abuso sexual a menores de edad.
- Rechazar la explotación laboral infantil en todos sus sentidos.
- Rechazar totalmente la discriminación de raza o género.
- Comunicar oportunamente a la policía local y/o autoridades competentes, los casos de comercio sexual con menores que se detecten con los proveedores.
- Solicitar expresa y obligatoriamente a los clientes, proveedores, socios y a otras agencias aliadas, que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños de los que tengan conocimiento.
- Denunciaremos ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Fiscalía General de la Nación, el ICBF, y demás organismos competentes, los hechos relacionados con la explotación sexual de menores de edad.
- Chivas & viajes por Colombia SAS, se compromete a implementar mecanismos de vigilancia, medidas preventivas y correctivas orientadas a evitar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes (Solicitud permiso de salida menores de edad que no viajan con sus padres, entre otros), también frente a la inobservancia del presente Código, se designa a Andrés Felipe Quiroga para verificar su adecuado cumplimiento.
- Quien incurra en explotación, pornografía y turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, será denunciado y se atendrá a las consecuencias judiciales respectivas, como castigos con pena privativa de la libertad y sanciones de carácter pecuniario y administrativo por las autoridades competentes.
Fecha Actualización 29 de Abril de 2016